El Sistema de Entradas y Salidas (EES) es el nuevo sistema de gestión de fronteras que se aplicará a los nacionales de terceros países que viajen para una estancia de corta duración cada vez que crucen las fronteras exteriores de 29 países europeos.
¿Cuándo se implantará el sistema EES?
A partir del 12 de octubre de 2025. Durante los seis primeros meses, es posible que no se recojan inmediatamente los datos de los viajeros en todos los pasos fronterizos.¿Qué países europeos utilizan el EES?

¿Quiénes se registrarán en el EES?
Los nacionales de terceros países que viajen a los países europeos que utilizan el EES para una estancia de corta duración (de hasta noventa días dentro de cualquier período de ciento ochenta días). Los datos de los viajeros se registrarán en el EES, independientemente de si necesitan un visado de corta duración o están exentos de la obligación de visado. Algunos viajeros están exentos de registro (véase el apartado «Exenciones»). También se registrarán los datos sobre los nacionales de terceros países a los que se haya denegado la entrada. El EES no introducirá ningún requisito nuevo para las personas que ya pueden circular libremente por Europa (véase el apartado «Exenciones»).¿Qué datos recoge el EES?
- Los datos personales de los documentos de viaje, como el nombre completo, la fecha de nacimiento y la nacionalidad.
- La fecha y el lugar de entrada y salida de los veintinueve países europeos que utilizan el EES.
- Datos biométricos, como huellas dactilares e imágenes faciales.
- Información sobre la denegación de entrada, si procede.
Exenciones
EES no se aplicará a:- Los nacionales de los países europeos que utilizan el EES, así como los nacionales de Chipre e Irlanda.
- Los nacionales de terceros países que sean titulares de una tarjeta de residencia y sean familiares directos de un nacional de la UE.
- Los nacionales de terceros países que sean titulares de una tarjeta de residencia o de un permiso de residencia y sean familiares de un nacional de un tercer país que pueda viajar por Europa como cualquier otro ciudadano de la UE.
- Los nacionales de terceros países que viajen a Europa en el marco de un traslado intraempresarial o con fines de investigación, estudios, prácticas, voluntariado, programas de intercambio de alumnos o proyecto educativos y colocación au-pair.
- Los titulares de permisos de residencia y de visados de larga duración.
- Los nacionales de Andorra, Mónaco, San Marino, y los titulares de un pasaporte expedido por el Estado de la Ciudad del Vaticano o la Santa Sede.
- Las personas exentas de las inspecciones fronterizas o a las que se han concedido determinados privilegios con respecto a las inspecciones fronterizas.
- Los titulares de un permiso de tráfico fronterizo menor válido.
- Las tripulaciones de trenes de pasajeros y de mercancías en viajes de conexión internacionales.
👉 Descargue el folleto oficial (PDF) o visite el sitio web del EEE - Unión Europea para más información.